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La firma especializada en asesoramiento fiscal a empresas, Ad&Law, ha emitido un informe que alerta que los requisitos que deben cumplir las empresas que superen ciertos niveles de ventas son un lastre para el comercio electrónico europeo.

El documento señala que las condiciones fiscales de la Unión Europea y España provocan que multitud de compañías de eCommerce se planteen su traslado a otras regiones.

El Régimen Especial de Ventas del Estado y de la UE tiene una compleja fiscalidad puesto que todas las ventas de cualquier país de la Unión se localizan en destino a partir de un umbral determinado. Este requisito implica que las ventas online “no tributan por el IVA español sino por el país de destino, cuando el importe total de las ventas efectuadas desde España por la empresa a particulares hayan superado la cantidad fijada por cada país”, destacan desde Ad&Law.

Por ello la firma indica que las empresas de comercio online de España que realicen ventas a particulares en Alemania o Francia que superen los 100.000 euros, que en Reino Unido pasen de las 70.000 libras, o que se sitúen por encima de los 35.000 euros en Italia, deberán conseguir un NIF en estos países e ingresas trimestralmente el IVA repercutido a los particulares de cada uno de ellos.

Desde Ad&Law recuerdan que “el régimen no afecta a las ventas entre empresas al no tributar con el IVA, por lo que son los pequeños envíos los que perjudican al comercio electrónico”.

Asimismo el informe muestra que “las empresas de fuera de la UE no tienen que cumplir con este Régimen Especial en su país, teniendo en la mayoría de casos regímenes más flexibles, por lo que a muchos negocios españoles les sale más rentable cambiar su domicilio fiscal y social fuera de la UE”.

Por otro lado, un tema preocupante igualmente por el sector es el sobrecoste del Documento Único Aduanero (DUA) que aplican a las ventas al exterior que se hicieron de países miembros de la UE. En este contexto, si las compañías desean que la venta esté exenta del IVA en España deben reflejar el DUA, puesto que Hacienda no acepta como justificante el envío a través de Correos con su correspondiente albarán.

Aquí es importante que el coste del DUA por producto llegue hasta los 18 euros. Si la empresa no ha elaborado un DUA, Hacienda le exigirá al empresario que abone de su bolsillo el IVA de los productos vendidos a particulares fuera de la Unión Europea, al considerar las ventas como operaciones Interiores.

Ad&Law puntualiza que “el DUA no depende de lo que facture la empresa sino de la cantidad de clientes que tenga de fuera de la UE”. La firma lo ejemplifica con que “si una empresa realiza 100 envíos a clientes en Brasil, tendría que disponer de un DUA por cada envío, lo que supondría un coste, aproximado, de 1.800 euros”.

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